COORDINACIÓN ENTRE EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, LOS NOTARIOS Y CATASTRO.
Según la ley/2015 (BOE 25/6/2015) actualmente el Registro de la propiedad debe estar coordinado con Catastro mediante el Certificado de Georreferenciación emitido por los Ingenieros de Topografía adscritos al Colegio Oficial de Ingenieros de Topografía y Geomática, en nuestro caso la delegación de la Comunidad Valenciana.

La superficie que debe figurar en la Escritura y en Catastro debe ser la misma tras entregar el Certificado de Georreferenciación por parte del Perito. Por lo tanto si usted solicita una nota simple al Registro de la propiedad, en ésta debe figurar el área de la escritura y del Catastro, incluso si usted ha realizado un Deslinde o una Representación Gráfica Alternativa (RGA).

En el Certificado de Georreferenciación figurarán las coordenadas en la Proyección UTM (en ETRS89 Sistema de Referencia Geodésico Oficial) de los vértices de los linderos, se entregan en un fichero GML de Catastro, el plano tendrá por tanto una georepresentación única a nivel mundial de todos los mojones linderos. En la Sede Virtual de Catastro se puede consultar la superficie de todas las parcelas de la Marina Alta y Baixa en la provincia de Alicante.

La Representación Gráfica Georreferenciada es imprescindible en el caso de alterar la geometría del perímetro de una finca, por ejemplo Segregaciones, Proyectos de Reparcelación, Agregaciones, o en el caso de inmatricular una finca en el Registro de la Propiedad.

La Coordinación entre instituciones y la coincidencia entre los metros cuadrados que figuran en la Escritura y Catastro proporcionan seguridad Jurídica en el tráfico Inmobiliario. Puede visualizar en la Sede de Catastro la Certificación descriptiva y Gráfica de una finca.

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