DESLINDES CATASTRALES DE FINCAS MEDIANTE TOPOGRAFÍA Y AGRIMENSURA
TEL: 696 29 18 27
Cuando la superficie de un campo que figura en la escritura no coincide con la que proporciona Catastro entonces un Ingeniero de Topografía o Geomática debe medir la parcela en el terreno para corregir los errores en los planos de Catastro.
Como es lógico cuando un propietario no está de acuerdo con la descripción gráfica de Catastro se ve afectado el vecino colindante tanto si gana como si pierde terreno. A este vecino hay que localizarlo y citarlo en campo para intentar llegar a un acuerdo sobre la posición de los mojones que definen el linde común. Tanto si hubiera acuerdo como si no lo hubiera hay que levantar Acta de Deslinde Contradictorio.
El Acta de deslinde contradictorio se levanta por triplicado si se debe firmar por los implicados con su nombre completo y DNI. Una copia es para el propietario, otra para el vecino colindante y la tercera es para Catastro.
Si todo está perfecto la subasanación del error Catastral seguirá su curso habitual según el Expediente abierto por la Gerencia de Catastro.
En el Caso de no haber acuerdo sobre la posición del linde en común, se deben redactar las pertinentes alegaciones y objeciones en el Acta por parte de la persona discrepante. A continuación el Ingeniero de Topografía medirá la posición de los mojones según lo criterios del vecino colindante y reflejará en un plano la posición del linde según el vecino.
El Técnico enviará un informe a Catastro con toda la documentación que sea relevante, los planos medidos en formato papel y digital en dxf (Planos Georreferenciados en coordenadas UTM), el Acta de Deslinde Contradictorio y una memoria del Proyecto.
La Gerencia de Catastro iniciará un Procedimiento de Subsanación de Discrepancias que resolverá el litigio, corrigiendo los errores Topográficos si verdaderamente los hubiere.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL SI NO SE ESTÁ DE ACUERDO CON CATASTRO O CON EL VECINO COLINDANTE.
El Acta de deslinde es consecuencia del derecho a deslindar. El poder deslindar una finca corresponde a la propiedad del terreno y además puede cercar su perímetro, ubicar mojones en los lindes tanto en los vértices de la poligonal como en puntos intermedios si los tramos rectos son largos.
Cuando existe discrepancia entre los propietarios de dos inmuebles colindantes, sobre delimitación de las parcelas, es decir la localización de la línea que separa los predios, aparece la obligación de deslindar esa línea común que separa parcelas. Este deslinde puede ser amistoso mediante acuerdo de los propietarios de las partes implicadas.
Cuando no ha habido el acuerdo se establece un procedimiento judicial para delimitar cada finca mediante el trabajo de los Peritos Judiciales que normalmente son Ingenieros de Topografía.
[…] Origen: Acta de Deslinde Contradictorio de Parcelas para Catastro. […]
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